CÓMO EVITAR ERRORES Y PERDER LA DEVOLUCIÓN DEL IVA
Más de 20 millones de personas pueden de recuperar un 21% de sus compras con tarjeta de débito . Cómo hacer para no quedar fuera del beneficio que dura hasta fin de año.
Tras el anuncio realizado por el candidato-ministro de Economía, Sergio Massa, sobre la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que estará vigente solo hasta el 31 de diciembre de este año muchas son las preguntas que tienen quienes realizaron compras y aún no han recibido el reintegro correspondiente.
La demora en la acreditación del dinero devuelto puede atribuirse a diversos motivos, entre ellos se destacan :
No Declarar el CBU en AFIP: Aunque el programa "Compre sin IVA," que permite la devolución del 21% en compras de productos de consumo masivo con tarjeta de débito, no exige inscripciones adicionales, es imperativo que los beneficiarios declaren su Clave Bancaria Uniforme (CBU) ante la AFIP. La ausencia de esta información impedirá recibir el reembolso. El CBU es un código único compuesto por 22 números utilizado por los bancos para identificar las cuentas de sus clientes. Debe corresponder a la cuenta asociada a la tarjeta de débito utilizada para las compras incluidas en el programa.
Pago con Dinero en Billeteras Virtuales: El pago con fondos almacenados en billeteras digitales como Mercado Pago, Ualá o MODO no califica para la devolución del IVA. Para acceder al reintegro, se debe efectuar el pago a través del código QR con la tarjeta de débito y el dinero en la cuenta bancaria. Además, la Cuenta DNI se ha incorporado oficialmente a los beneficios de devolución del IVA en compras.
Utilizar Tarjetas de Crédito en las Compras: La devolución del IVA se materializa únicamente al pagar con tarjetas de débito vinculadas a una cuenta bancaria. Las tarjetas de los planes Alimentar y Potenciar Trabajo también son válidas. Las tarjetas de crédito y las tarjetas prepagas asociadas a billeteras virtuales como Mercado Pago o Ualá no son aceptadas.
Comprar en Comercios no Incluidos en el Programa: La devolución del 21% se aplica únicamente sobre el monto total pagado en comercios registrados ante la AFIP con actividades específicas. Antes de efectuar una compra, es fundamental verificar que el comercio esté inscrito en las categorías habilitadas. Esta información se encuentra disponible en el sitio oficial de "Consulta de Actividades Económicas."
Superar el Límite Mensual: La devolución tiene un límite mensual de $18.800 por beneficiario, alcanzable gastando $89.523. Para evitar sobrepasar este límite, se recomienda que varios miembros del hogar dividan los pagos del mes y recuperen hasta $18.800 cada uno.
Cabe recordar que el programa se encuentra disponible para una amplia gama de beneficiarios, como jubilados, empleados en relación de dependencia, monotributistas, personal doméstico registrado y titulares de planes como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), Alimentar y Potenciar Trabajo. Sin embargo, no se aplica a autónomos ni a aquellos que pagan Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales por bienes distintos a su vivienda única.