LEY DE ALQUILERES: NUEVA PROPUESTA, NINGUNA SOLUCIÓN
La nueva iniciativa corresponde al diputado radical Sebastián Salvador.
La odisea de alquilar en pleno proceso inflacionario y los incrementos que tendrán en mayo quienes deban renovar sus contratos de alquiler –con aumentos que llegan al 100%- los que hacen que a cada vez sea más difícil alquilar.
Ante ese contexto, la iniciativa de un diputados del radicalismo reaviva el debate sobre la modificación de la ley de Alquileres que entró en vigencia en 2020 ya con el gobierno de Alberto Fernández y plantea retomar el plazo mínimo de contratación, es decir, dos años, y no de tres años como es en la actualidad.
Este nuevo proyecto fue presentado por el diputado de la UCR por Buenos Aires, Sebastián Salvador.
Según el diputado radical, la vigente ley "no ha podido resolver la demanda de los inquilinos para mejores condiciones de contratación ni mayor previsibilidad y estabilidad para los propietarios, por eso en ese aspecto la propuesta tiene como objetivo retomar el plazo mínimo de contratación, es decir, dos años, y no como es actualmente, que es de tres años".
"También proponemos que la garantía del contrato de locación sea dispuesta en conformidad entre el propietario y el inquilino, siendo ellos quienes opten por el tipo de garantía a diferencia de la ley actual que son a propuesta del inquilino exclusivamente", aclarÓ el diputado de la UCR.
Además señaló que “el proyecto propone que las partes puedan actualizar contractualmente en un plazo mínimo de tres meses, utilizando índices del INDEC u organismos provinciales, respetando siempre la libertad de voluntad y convención entre las partes. Actualmente, la ley implica aumentos anuales para mayo de casi el 96%, considerado una locura".
Entre otras cuestiones, "se propone modificar el código procesal para acelerar los procesos de desalojo y permitir que las partes firmen un acuerdo de desocupación después del inicio del contrato. Esto hará que la oferta de propiedades para alquilar aumente y los propietarios tengan menos preocupaciones al recuperar sus viviendas".
Nuevo proyecto
El contrato de locación de inmueble, cualquiera sea su destino, si carece de plazo expreso y determinado mayor, se considera celebrado por el plazo mínimo legal de dos (2) años.
El locatario puede renunciar a este plazo si está en la tenencia de la cosa"
En las locaciones habitacionales, en el caso de requerirse una garantía, será dispuesta bajo la libre determinación convenida entre las partes intervinientes en la relación contractual"
Los contratos de locación, cualquiera sea su destino, están exceptuados de lo dispuesto en los artículos 7° y 10° de la Ley 23.928 y sus modificatorias. En los contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional, el precio de alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre los cuales pueden realizarse ajustes pactados de común acuerdo entre las partes en el mentado contrato no inferior a tres (3) meses.
Serán válidas las cláusulas de ajuste relacionadas al valor- mercadería del ramo de explotación desarrollado por el locatario en los casos de locaciones con destino comercial, industrial o de no uso habitacional.
Por desacuerdos entre oficialismo y oposición,
Por desacuerdos entre oficialismo y oposición, ninguno de los proyectos para modificar los alquileres avanza.
A pesar de lo delicada de la situación y de la promesa del Gobierno que a principios de este año había anticipado su decisión de dar respuestas a este tema, no hay por el momento interés oficial en tratar el tema que afecta a cientos de miles de personas en todo el país.