Una buena: Senadores aprobaron ley de Oncopediatía
La flamante ley dispone la creación del "Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer"
Por unanimidad el senado aprobó el proyecto de Oncopediatría, que estipula cobertura económica y una serie de beneficios para las familias más vulnerables.
La flamante ley dispone la creación del "Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer", con la finalidad de bajar los índices de morbimortalidad y garantizar los derechos de los pacientes.
La iniciativa prevé que el sistema público de salud, las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del 100% en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.
Por otra parte, el Estado Nacional tendrá que otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad a aquellos progenitores o representantes legales que se encuentren en situación de desempleo y no cuenten con ningún otro beneficio de carácter previsional, mientras dure el tratamiento según indicación médica.
También se contempla el beneficio de estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas y la gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre.
Cuando los menores de edad con cáncer deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a una distancia mayor a los 100 kilómetros de su lugar de residencia para recibir el tratamiento, el Instituto Nacional del Cáncer en coordinación con las respectivas jurisdicciones deberá procurar a la familia "el acceso a un subsidio habitacional que les permita facilitar y cubrir los gastos de locación de vivienda durante el plazo que dure el tratamiento".
Además, uno de los progenitores o representantes legales podrán gozar del derecho de licencias especiales para acompañar a sus hijos en los estudios, rehabilitaciones y tratamientos vinculados a la recuperación, "sin que ello fuera causal de pérdida de presentismo o despido de su fuente de trabajo".
"Durante la licencia el/la trabajador/a percibirá de la Administración Nacional de la Seguridad Social, las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia, de conformidad con las exigencias y demás requisitos que prevean las reglamentaciones respectivas”, agrega el texto