MIRAMAR: REVÉS JUDICIAL PARA EL INTENDENTE IANANTUONY
El juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº2 de Mar del Plata ordenó a la comuna el libre acceso de un edil de la oposición al Sistema de Administración Financiera en el ámbito Municipal., cosa que el Ejecutivo local permitía solo en algunos casos.
A la gestión del intendente Sebastián Ianantuonuy le pasa lo que en su momento le ocurría al gobierno del ex presidente Alberto Fernández y que el por entonces ministro de Economía y candidato a presidente, Sergio Massa resumió en una ya famosa frase: “No nos entra un quilombo más”. Sin embargo los problemas no dejan de llegar a la oficina número uno del tercer piso del Palacio municipal.
En esta oportunidad el nuevo dolor de cabeza para el titular del sillón más importante del municipio vino de la mano de una sentencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº2 de Mar del Plata quien en un fallo emitido el miércoles 10 de julio pasado resolvió ordenar a la comuna que en un plazo de diez días permita a los concejales el ingreso irrestricto al sistema de Reforma de la Administración Financiera en el Ámbito Municipal (RAFAM).
Cabe recordar que luego de llevar adelante una serie de reclamos ante la comuna y agotada la vía administrativa, el edil Joaquín Sánchez Charro (Pro) , presentó hace tiempo atrás una denuncia en dicho juzgado para lograr que la municipalidad acceda a otorgarle a los concejales “usuario y clave” que le permitan ingresar en dicho sistema en forma completa cosa que el Ejecutivo local afirman viene negando, en especial en lo vinculado al módulo relacionado con el personal, aduciendo que este es un módulo sensible habida cuenta de la información que contiene, como así también a otros módulos referidos a cuestiones financieras de la comuna, afirmaron los ediles en su momento.
La sentencia
Así las cosas, el Juez Marcelo Daniel Fernández decidió no solo “hacer lugar” a la medida promovida por el concejal del Pro, sino que además resolvió según indica el fallo judicial “ordenar al Municipio de General Alvarado que en el plazo de diez días de notificada de la presente, otorgue usuario propio y clave de acceso al sistema RAFAM que permita la consulta permanente de la información contenida en todos los módulos de dicho sistema, conforme a los establecido en la Resolución Nº 15/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires”.
En los considerandos de su fallo, el juez afirma que “las funciones de control que como concejal debe ejercer sobre la marcha de la hacienda pública no se condensan en un momento dado, sino que tienen lugar en forma permanente ( …) por lo que reclaman de la posibilidad de compulsar cada vez que sea necesario toda la información posible para verificar la ejecución del presupuesto de recursos y gastos”.
Tras conocerse el fallo judicial Sánchez Charró dijo que la decisión: “es un triunfo que beneficia a todos los “vecinos del distrito” a la vez que señaló que “hace tiempo que venimos diciendo que no podemos llevar adelante nuestra labor de manera correcta sin acceso al RAFAM de manera completa. Siempre se habla de proyectos pero el municipio nunca cumplió y ahora tiene 10 días para hacer efectiva la orden judicial”. El edil dijo además que “esta herramienta permitirá comparar el presupuesto con la rendición de cuentas y ver si son verosímiles”.
Esta sentencia judicial corre en paralelo con la presentación que hizo días atrás la concejal Viviana Farías en la secretaría de Gobierno de la comuna, como última instancia de la vía administrativa para lograr el mismo cometido que ayer finalmente el juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 confirmó.
Como era de esperar dicha decisión cayó como un balde de agua fría en la comuna desde donde contra viento y marea se defiende el derecho del Ejecutivo local de administrar el ingreso a los módulos de dicho sistema, por lo que ahora habrá que esperar el paso del tiempo establecido por la decisión judicial y ver si la comuna recurre la medida firmada por el juez Fernández o acepta la misma sin más.
Info: D.R