APRUEBAN NUEVA ORDENANZA QUE REGULA TRABAJO DE TAXIS, REMISES Y APPS

La nueva normativa fija pautas de igualdad de condiciones para todas las modalidades, establece controles más estrictos y prohíbe el uso de vidrios polarizados. Los prestadores tendrán un plazo de 60 días para adecuarse.

APRUEBAN NUEVA ORDENANZA QUE REGULA TRABAJO DE TAXIS, REMISES Y APPS

El Concejo Deliberante aprobó en la última sesión  el proyecto impulsado por el Bloque Justicialista que establece un nuevo marco regulatorio parataxis, remises y plataformas electrónicas de viaje. El objetivo principal de la norma fue  equiparar las exigencias operativas y de seguridad para todos los prestadores.

Requisitos únicos y obligatorios

A partir de la promulgación de la ordenanza, cualquier vehículo que preste servicios de transporte de pasajeros en el distrito deberá cumplir obligatoriamente con una serie de pautas comunes:

  • Documentación y licencias: Los conductores deberán poseer licencia profesional (categoría D1, D2 o superior), certificado de antecedentes penales actualizado y estar registrados formalmente ante el Municipio.

  • Radicación y tipo de vehículo: Los automóviles deben estar radicados en el Partido de General Alvarado y ser propiedad del solicitante. Se aceptarán modelos sedán de 4 o 5 puertas, minivanes de hasta 7 asientos y utilitarios homologados de 5 puertas.

  • Antigüedad y revisiones: Se fija un límite máximo de antigüedad de 15 años, con la posibilidad de extender una prórroga extraordinaria de hasta 5 años sujeto a revisiones técnicas favorables. La Verificación Técnica Vehicular (VTV) debe estar aprobada bajo el rubro de servicio público o transporte de pasajeros.

  • Identificación y cristales: Todas las unidades deberán llevar una oblea identificatoria con un código QR emitido por la Dirección de Inspección General, el cual contendrá los datos del titular, los choferes y los vencimientos de la documentación. Asimismo, se prohíbe de manera absoluta el uso de láminas polarizadas o cualquier tipo de film en los cristales.

Diferencias entre modalidades

Aunque comparten la mayoría de las exigencias técnicas y administrativas, la ordenanza mantiene marcadas diferencias en la forma de operación:

  • Taxis: Mantienen la exclusividad para levantar pasajeros en la vía pública sin contratación previa y hacer uso de las paradas oficiales asignadas. Los vehículos deberán mantener la pintura blanca con techo rojo. La norma especifica además que, si una parada permanece sin uso por 15 días, el Municipio podrá caducar la autorización.

  • Remises y Aplicaciones: Tienen estrictamente prohibido captar pasajeros de forma espontánea en la calle. La contratación deberá ser únicamente por teléfono, en agencias habilitadas o mediante las aplicaciones móviles registradas. La falta a esta norma será considerada una infracción grave.

Sanciones, fiscalización y adecuación

El texto faculta a la Dirección de Tránsito y a Inspección General a realizar operativos de control junto a las fuerzas de seguridad. La prestación del servicio sin la correspondiente habilitación será considerada "competencia desleal" y dará lugar al secuestro preventivo del vehículo.
Las multas previstas oscilan entre las 50 y las 1.000 Unidades Fijas (UF), e incluyen sanciones accesorias que van desde inhabilitaciones temporales de 30 a 60 días hasta la caducidad definitiva de la licencia y la inhabilitación del titular por 180 días en caso de reincidencia. Además, las empresas de plataformas digitales serán solidariamente responsables por las infracciones cometidas por choferes no habilitados que operen en sus sistemas. 
Los prestadores que actualmente se encuentren en actividad dispondrán de un plazo de adecuación de 60 días corridos a partir de la promulgación de la norma para regularizar su situación. Una vez vencido ese término, las unidades que no cumplan con la totalidad de los requisitos serán pasibles de secuestro.