ELECCIONES EN SAN JUAN Y TUCUMÁN: TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE EL FALLO DE LA CORTE.

La decisión provocó un cismo en la clase política. Manzur y Uñac, tienen cinco días para responder hasta que la Corte decida sobre la cuestión.

ELECCIONES EN SAN JUAN Y TUCUMÁN: TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE EL FALLO DE LA CORTE.
Los gobernadores Juan Manzur y Sergio Uñac.

El calendario electoral sufrió un cimbronazo  a partir de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de "suspender la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador" en Tucumán y en San Juan, que se preveía realizar el próximo domingo, por las objeciones presentadas contra Juan Manzur y Sergio Uñac, candidatos en ambas provincias.
La Corte decidió hacer lugar a las medidas cautelares que presentaron los postulantes de la oposición en ambas provincias contra los actuales gobernadores y otorgó 5 días para responder a los argumentos en contra de las dos candidaturas, la de Manzur a vicegobernador de Tucumán y la de Uñac a un nuevo período como gobernador, antes de tomar una decisión respecto de si pueden o no presentarse.
Con ese plazo, y a la espera de la decisión final, el máximo tribunal resolvió, por decisión de su presidente, Horacio Rosatti, y de los jueces Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, suspender la convocatoria a los comicios del 14 de mayo. El único que no firmó fue Ricardo Lorenzetti que no estaba presente.
Tanto la candidatura de Manzur como la de Uñac fueron objetadas por los dirigentes que integran la lista de Juntos por el Cambio en cada distrito con el mismo argumento: que indica que “por haber ocupado esos cargos en los últimos períodos de gobierno, están inhabilitados para volver a presentarse”.
El pronunciamiento de la Corte sobre las medidas cautelares era esperado desde hace varias semanas pero el máximo tribunal recién aceptó y abrió el período para las presentaciones de los dos gobernadores a cinco días de las elecciones que ya habían sido convocadas, lo que fundamenta la suspensión.

Objeciones a  Manzur

Tras su paso por la Jefatura de Gabinete, Manzur abandonó la licencia que se había tomado como gobernador de Tucumán y volvió a su provincia para hacerse cargo de la campaña del Frente de Todos pero en un enroque con su actual vice, Osvaldo Jaldo, en la fórmula que se presentará para el proceso electoral de este año.
El referente local de Juntos por el Cambio Germán Alfaro objetó esa candidatura en la Justicia y pidió que "se declare la inconstitucionalidad de la habilitación de Juan Luis Manzur como candidato al cargo de vicegobernador".
El argumento de Alfaro es que en 2007, cuando fue elegido gobernador José Alperovich, Manzur fue su vice por cuatro años. La cautelar de la oposición remarcó que luego, "en 2011 se repitió esa fórmula" y en 2015 Manzur "se presentó como candidato a gobernador acompañado por Osvaldo Jaldo" como vicegobernador, fórmula que fue reelecta en 2019. La oposición puso de relieve que "solo se puede ser reelegido una sola vez, es decir, gobernador por dos períodos o vicegobernador por dos períodos, luego de lo cual no se puede ser reelegido para esos cargos", por lo que entiende que Manzur está impedido de volver a presentarse este año, aunque sea como compañero de fórmula de Jaldo.
Durante el derrotero que la causa tuvo en la provincia, la Corte de Tucumán rechazó los recursos presentados por la oposición y habilitó a Manzur a presentarte, por lo que el caso pasó al máximo tribunal nacional.

 El caso Uñac

La decisión de la Corte al suspender las elecciones de San Juan se funda en un planteo casi idéntico al de Tucumán. Aquí, una de las agrupaciones que integra Unidos por San Juan (versión local de Juntos por el Cambio) objetó la decisión de Uñac de ir por otro mandato y ambos sectores se trenzaron en debate interpretativo sobre la Constitución provincial. 
El planteo en este caso fue que Uñac "resultó elegido vicegobernador para el período 2011-2015, luego gobernador para el período 2015-2019 y nuevamente gobernador para el período 2019-2023" y que la Constitución provincial dispone que gobernador y vice "duran cuatro años" y "pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces".
Al haber sido vicegobernador cuatro años y gobernador durante los dos períodos siguientes, la oposición entiende que el "artículo 175 de la Constitución provincial inhabilita al ciudadano Sergio Mauricio Uñac a ser nuevamente candidato".
El Gobierno de San Juan rechaza esa interpretación de la alianza opositora con el argumento de que vicegobernador y gobernador son categorías distintas. En ese aspecto, subrayan que Uñac tuvo como gobernador una sola reelección -en 2019- por lo que la de este año sería la segunda y esto sí es permitido por la Constitución.

Los argumentos de la Corte

En su fallo el máximo tribunal sostuvo la jurisprudencia que ya había sentado en 2013 en Santiago del Estero y en 2019 en Río Negro, cuando frenó las reelecciones de Gerardo Zamora y Alberto Weretilneck, respectivamente.
Ambos casos fueron citados en la resolución sobre las cautelares de Tucumán y San Juan, donde obviaron otra causa muy similar: la de Sergio Casas en La Rioja, también de 2019. La diferencia con esos antecedentes es que la Corte había dado más tiempo del que les dio ahora a Manzur y a Uñac para responder los planteos en su contra.
La mención del antecedente de Santiago del Estero y de Río Negro en el nuevo fallo es una mala señal para el tucumano y el sanjuanino: tanto Zamora como Weretilneck fueron inhabilitados por el máximo tribunal en aquellas oportunidades.
La nueva resolución establece que  las presentaciones contra Manzur y contra Uñac corresponden ambas "a la competencia originaria de esta Corte prevista en el artículo 117 de la Constitución Nacional".

Por último en Tcumán la Justicia electroal de dicha provincia decidió suspender todos los comicios, mientras que en San Juan se decidió avanzar con las elecciones municipales.