BASURAL DE MIRAMAR: LA JUSTICIA ELEVÓ A $ 100 MIL DIARIOS LAS MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS.

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata modificó parcialmente una resolución vinculada con el basural a cielo abierto de General Alvarado. También hizo lugar a planteos del Municipio y de la Provincia sobre algunas obligaciones.

BASURAL DE MIRAMAR: LA JUSTICIA ELEVÓ A $ 100 MIL DIARIOS LAS MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS.
Sigue la contienda judicial en torno al basuerero de Miramar.

La causa judicial por el basural a cielo abierto de General Alvarado sumó un nuevo capítulo, con una resolución que combina decisiones favorables a la Comuna y al Gobierno bonaerense, pero con una decisión económica más severa: las multas por determinados incumplimientos podrán llegar a los $100.000 por día, cuatro veces más que el monto establecido anteriormente.
 
El pronunciamiento con fecha 20/8/26, al que tuvo acceso Periodismoya.com fue dictado por la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, tiene 31 páginas, lleva la firma de los jueces Roberto Mora y Diego Ucín,  y corresponde al expediente “Estancia El Juayue S.A. c/ Municipalidad de General Alvarado s/ amparo”, iniciado por la problemática ambiental del predio de disposición de residuos y las medidas ordenadas para avanzar hacia su saneamiento y cierre.
El conflicto lleva varios años en los tribunales. En mayo de 2022, una sentencia impuso obligaciones concretas tanto a la Municipalidad como al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires. Sin embargo, durante la etapa de ejecución surgieron cuestionamientos sobre el grado de cumplimiento de esas disposiciones, lo que dio lugar a nuevas presentaciones judiciales, informes técnicos y apelaciones.

Multa de $100 mil diarios

El aspecto más significativo de la nueva resolución es el incremento de las astreintes, que son sanciones económicas que buscan forzar el cumplimiento de una orden judicial.
 
La Cámara elevó de $25.000 a $100.000 diarios la sanción que podrá aplicarse si las demandadas no acreditan, dentro de los diez días posteriores a que la resolución quede firme, el cumplimiento de dos obligaciones específicas establecidas en la sentencia original.
 
La primera está vinculada con las condiciones del basural existente. La Municipalidad debe garantizar el cerramiento del predio, el control de acceso, la instalación de iluminación, la señalización, las medidas de desinfección y la información pública relacionada con el funcionamiento del lugar y el tratamiento de los residuos.
La segunda obligación exige que el Municipio y la Provincia actúen coordinadamente para realizar una auditoría ambiental, determinar cómo debe sanearse el predio y elaborar un plan con plazos precisos para tratar los residuos acumulados a cielo abierto, gestionar el cierre definitivo y establecer las medidas posteriores a la clausura.
 
En otras palabras, la sanción se activará si, una vez firme la resolución y vencido el plazo judicial de diez días, no se acredita el cumplimiento de las obligaciones señaladas.
 
La suma puede adquirir una dimensión considerable si el incumplimiento persiste: a modo ilustrativo, treinta días bajo las condiciones de aplicación de la sanción representarían $3 millones. En el fallo no se precisa cómo se distribuiría el importe entre el Municipio y la Provincia. De todos modos para un municipio que atraviesa una crisis económica de tal magnitud que debe pedir prestamos para pagar sueldos o achica salarios de medicos municpales, toda moneda cuenta.

A favor de la Comuna

La resolución no confirmó todos los cuestionamientos que había formulado el juzgado de primera instancia. Por el contrario, la Cámara hizo lugar parcialmente a las apelaciones de la Municipalidad y de la Fiscalía de Estado bonaerense.
 
En concreto, dejó sin efecto la parte del pronunciamiento anterior que había considerado incumplidas cuatro obligaciones de la sentencia de 2022  y ordenó que el juez de primera instancia proceda conforme a los criterios establecidos por la Cámara.
 
Así las cosas, la municipalidad y la Provincia consiguieron que se revisaran algunos de los incumplimientos que les habían atribuido, pero no lograron evitar el aumento de la sanción económica vinculada con otras obligaciones.
 
Dicho en buen romance la Cámara modificó parcialmente la resolución anterior, pero mantuvo exigencias judiciales concretas cuyo cumplimiento deberá acreditarse.

Cierre definitivo

Otro punto relevante es que la Cámara ordenó al juez de primera instancia pronunciarse específicamente sobre la clausura del basural a cielo abierto, con el alcance establecido en los fundamentos del fallo.
 
La sentencia original de 2022 ya había ordenado avanzar en el saneamiento del predio, establecer un plan con plazos definidos y gestionar el cierre definitivo y la etapa posterior a la clausura. No obstante, el nuevo pronunciamiento no dispone por sí mismo el cierre inmediato del lugar: exige que el juzgado analice puntualmente esa cuestión.
 
En los antecedentes del expediente aparecen distintas actuaciones administrativas, inspecciones e informes sobre las condiciones del predio. En diciembre de 2025, el juez de primera instancia había considerado incumplidas obligaciones relacionadas con el cerramiento, la iluminación, la señalización, el control de acceso y la desinfección. También había señalado la falta de avances concretos en el armado y funcionamiento del galpón destinado a la planta de separación de residuos.
 
Esas conclusiones corresponden a la evaluación realizada en primera instancia. La Cámara modificó parte de aquella decisión, por lo que es necesario distinguir los incumplimientos que quedaron alcanzados por su nuevo pronunciamiento de aquellos que fueron dejados sin efecto o deben ser nuevamente examinados.

Aplicación

La aplicación de los $100.000 diarios no comienza automáticamente con el dictado del fallo. La propia resolución establece que el plazo de diez días para acreditar el cumplimiento se cuenta a partir de que el pronunciamiento quede firme.
 
Para determinar cuándo ocurrirá eso, debe verificarse el estado procesal del expediente, las notificaciones a las partes y la eventual presentación de recursos judiciales. Mientras tanto, la causa continúa centrada en el cumplimiento de las medidas ambientales ordenadas y en la definición de los pasos necesarios para el saneamiento y cierre del predio.

Parte oficial

Tras la información periodística  publicada en los últimos días respecto al estado del basurero en cuestión, la comuna a través de secretaría de Producción, Empleo y Ambiente, emitió ayer ( 13/10/26)  un comunicado donde responsabilizó al gobierno nacional por la falta de envió de los fondos para construir el Centro de Disposición Final de Residuos. A su vez afirma que se siguen haciendo gestiones para solucionar dicha situación.
 
La información difundida no hace referencia al reciente fallo de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata, de fecha 20/8/26, que elevó de $25.000 a $100.000 diarios las sanciones previstas para determinados incumplimientos y  además ordenó al juzgado de primera instancia pronunciarse sobre la clausura del basural a cielo abierto.

Info: D.R