IANANTUONY APROBÓ LA CREACIÓN DE UN “REGISTRO DE INFRACTORES DE CONVIVENCIA CIUDADANA”
Allí se inscribirán a quienes cometan una serie de infracciones por caso circular con una moto con escape libre. Para salir del mismo se deben realizar tareas comunitarias so pena de no poder realizar una extensa lista de trámites municipales.
Con la intención quizá de mostrar rápidos reflejos para dar respuesta a las habituales quejas de la población, el Ejecutivo municipal a través del Decreto Nº 698/26 la Ordenanza Nº 046/2026, que establece la creación del Registro de Infractores de Convivencia Ciudadana,
Según se indicó oficialmente esta norma legal será “una herramienta municipal para ordenar, prevenir y sancionar conductas que afectan la seguridad y la convivencia en el distrito”.
Tal como adelantó Periodiodisoya.com, la propuesta fue presentada por los integrantes del bloque Justicialista está destinada a “fortalecer el cumplimiento de las normas de convivencia urbana, seguridad vial y salud pública en el municipio”.
En el registro aprobado por el intendente Sebastián Inantuony se inscribirán los datos de los infractores los cuales deberán cumplir “tareas comunitarias para el distrito de General Alvarado”, so pena de permanecer 36 meses en el mismo cosa que a su vez veda la posibilidad de realizar una serie de trámites municipales por ejemplo “la imposibilidad de acceder a habilitaciones, subsidios, licitaciones, planes de pago, uso del espacio público, beneficios municipales, ferias, transporte municipal , entre otras”, indica el parte oficial.
En sus considerandos, la medida que fue presentada por el concejal Ignacio Altamirano y aprobada por 15 de los dieciséis ediles indica ente otras cuestiones que la misma se basó en “la proliferación de conductas irresponsables, tales como la realización de pruebas de velocidad denominadas "picadas" y el uso de escapes libres, pone en riesgo inminente la integridad física de los vecinos y altera la tranquilidad pública” .
A esto se suma una situación que va en contra no solo del cuidado del medio ambiente sino de la salud como es la deposición de residuos “en lugares no habilitados (…) ” a lo que se agrega también la presencia de animales sueltos en la vía pública no solo afectan la higiene urbana, sino que representan un peligro latente para la contaminación ambiental”.
Otro punto que los mentores del proyecto tuvieron en cuenta a la hora de elaborar el mismo da cuenta de “los ruidos molestos y perturbadores constituyen una forma de contaminación sonora que afecta el bienestar y la salud de la comunidad”.
Las faltas previstas que derivarán en el ingreso del infractor al registro son: :
Circulación de vehículos (automóviles, motovehículos y cuatriciclos) con escapes libres o modificados.
Realización de maniobras peligrosas en la vía pública.
Participación en pruebas de velocidad no autorizadas ("picadas").
Generación de ruidos perturbadores o molestos, cualquiera sea su origen.
Arrojo de basura o residuos en lugares no habilitados de la vía pública.
Presencia de ganado o caballos sueltos en la vía pública.
En cuanto a la pena por estar incluido en dicho registro la ordenanza establece que quien figure en el mismo no podrá realizar los siguientes trámites administrativos en la comuna:
A) Imposibilidad de inscribirse o mantenerse como Proveedor del Municipio.
B) Denegación de solicitudes de subsidios y o beneficio de cualquier índole.
C) Imposibilidad de obtener nuevas Habilitaciones Comerciales.
D) Denegación de trámites de condonación o exención de deudas municipales.
E) Imposibilidad de solicitar visados para subdivisiones de lotes o planos de mensura.
F) Imposibilidad de ser contratado como trabajador por el Municipio de General Alvarado.
G) Imposibilidad de solicitar el uso del espacio público tanto para eventos como para realizar actividades comerciales.
H) Imposibilidad de utilizar el transporte municipal.
I Imposibilidad de ingresar a moratorias o planes de pago.
J) Imposibilidad de solicitar exención del estacionamiento medido por domicilio.
K) Imposibilidad de presentarse a licitación y/o solicitar permiso precario.
L) Imposibilidad de acceder al registro P.U.P.A.
M) Imposibilidad de participar de las ferias que se realizan en los espacios públicos del distrito.
N) Imposibilidad de participar de los talleres culturales y deportivos del Municipio de General Alvarado, como alumno y como tallerista.
Entre otras.
Es raro
Lo que llama la atención es que según el proyecto de creación de la ordenanza al que en su momento tuvo acceso Periodismoya.com como así también en el parte oficial enviado ayer por la comuna, no figuran como motivo de incorporación a dicho listado, cuestiones como circular en una moto o scooter sin casco o la circulación de más de dos personas en una moto.
Ambas situaciones son más que habituales en la ciudad, pero en la norma promulgada por el Ejecutivo no se tuvieron en cuenta al momento de su creación y si se sumaron a último momento alguien olvidó mencionar en el parte enviado.
La explicación oficial que se dio en off de récord cuando se consultó semanas atrás sobre el por qué no se incluía en el registro a quien conduzca una moto sin casco o con más de un acompañante fue que no se hizo porque : “se trata de gente que vive en barrios alejados y no tiene otra manera de movilizarse” y que esa cuestión “no molesta”, como si lo hace un escape libre.
De ser así, de no haberse incluido estas cuestiones en la norma legal, se estaría dando lugar a la creación de una nueva categoría de ciudadanos la cual se puede dividir en “infractores de primera o de segunda categoría”, según el caso.
Otro punto que habrá que tener en cuenta es el intenso trabajo que de ahora en más tendrán los inspectores municipales que sin lugar a dudas deberán salir a controlar a pie juntilla las normas de tránsito que además se intentan reunir en una sola ordenanza según un proyecto de reciente creación, caso contrario la iniciativa se convertirá una vez más en otra norma legal que la comuna no cumple ni hace cumplir, por caso el uso de los fondos recaudados por el cobro del estacionamiento medido.
D.R